Deberes y Derechos del Paciente

Resolución 13437 de 1991 – ministerio de salud

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DEBERES DEL PACIENTE.

  1. La familia debe participar en el tratamiento del paciente TOMANDO CONCIENCIA de su situación clínica, y brindar las condiciones de afecto que ningún profesional de la salud ni la institución alguna podrán aportar.
  2. Atender en las horas establecidas y los servicios asignados. Cuando por alguna razón el paciente no puede cumplir estos compromisos se debe informar previamente a su cancelación y/o aplazamiento.
  3. Identificarse mediante un documento que especifique todos los datos del usuario siempre que se quiera acceder al servicio.
  4. Suministrar la información completa y detallada de todos aquellos aspectos relacionados con su salud, incluyendo cambios inesperados.
  5. Seguir el tratamiento, las indicaciones y cuidados recomendados por los profesionales de salud, para obtener los mejores resultados de recuperación. Usted y su familia son los responsables de sus
  6. Facilitar el pago y pagar cuando le corresponda LOS MONTOS OBLIGATORIOS a que haya lugar por concepto de facturación de los servicios recibidos por CENDIDTER.
  7. Hacer buen uso de los elementos y equipos pertenecientes a CENDIDTER SAS que están puestos a disposición del paciente y sus familiares.
  8. Tratar con dignidad y cortesía al personal de CENDIDTER que le brinda la atención y respetar la intimidad de los demás pacientes.
  9. Cumplir con las normas definidas para la correcta prestación del servicio por parte del personal designado por CENDIDTER SAS.
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